Gral. Roca 877 - 8370 San Martín de los Andes
Neuquén - Patagonia Argentina
Telefax: (02972) 427199 - E-mail: inmobechav@smandes.com.ar

Preguntas Frecuentes

Preguntas frecuentes sobre alquiler

Requisitos para alquilar: Completar las planillas que oportunamente le entreguemos con datos del Inquilino y los garantes.
Se deberá presentar como garantía una propiedad ubicada en la zona (la misma no debe de estar hipotecada ni inscripta como bien de familia)y dos certificaciones de ingresos.
Los Ingresos declarados, tanto de locatarios como garantes, deben ser del triple del valor del alquiler que se solicita. Los ingresos deben estar debidamente justificados.

  • ¿Bajo qué Ley se realizan los alquileres?
    Ley 23.091 Todos nuestros contratos permanentes están realizados bajo la presente ley.
    Para su conocimiento ponemos a su disposición el link donde podrá leer el texto completo de la misma.
    Ver normativa completa
  • ¿El locatario puede solicitar la rescisión del alquiler antes de la finalización?
    El locatario podrá, pasados los primeros 6 meses de vigencia del contrato, terminar la contratación, deberá notificar fehacientemente su decisión con una antelación mínima de 60 días a la fecha en que reintegrará la propiedad.
    Si toma esta opción en el transcurso del 1er año, deberá abonar al locador un 1 y 1/2 de alquiler, y 1 solo mes si la opción se toma transcurrido dicho plazo.
Preguntas frecuentes sobre venta

Requisitos para vender: Es necesario que tenga en cuenta a la hora de elegir una inmobiliaria para realizar su compra, que la misma cuente con un Martillero Público Matriculado. Esto le brinda la tranquilidad y seguridad que su operación y su dinero estarán resguardados por un profesional que, a su vez, podrá responder civil y penalmente en caso que no realice su tarea de la manera debida.
Usted puede solicitar ver la matrícula del mismo antes de iniciar la operación.

  • ¿Qué documentación tengo que presentar si quiero vender mi propiedad?
    Usted deberá presentar:

    • La escritura traslativa de dominio.
    • Un certificado de dominio.
    • Certificado de inhibición.
    • La Verificación del Estado Parcelario vigente.
  • ¿Cuáles son los instrumentos que se suscriben hasta la Escritura?
    Usualmente son tres los instrumentos:

    • Reserva de Compra
    • Boleto de Compra Venta
    • Escritura traslativa de dominio

    La reserva simplemente es una oferta que el oferente realiza por la propiedad en cuestión depositando una suma de dinero, y que en tanto no sea aceptada por la parte vendedora, la operación no estará cerrada. Una vez aceptada la reserva, se firma el Boleto de Compra Venta, dentro del plazo de los días que figuran en la misma reserva.

    En el boleto de compraventa se establecen las condiciones de venta, precios, plazos, entrega de posesión, penalidades por incumplimiento, fecha de escrituración, escribano interviniente.

    El boleto de compraventa es un contrato entre partes, con validez entre las mismas, en dónde ambas partes se obligan a perfeccionar la venta del inmueble mediante la escritura pública. No sustituye la escritura. Art. 1185 CC.
    De acuerdo a lo convenido, se otorgará la escritura de compraventa por medio de la cual se perfecciona la operación.

  • ¿Qué es un informe de dominio?
    Es un documento emanado del Registro de la Propiedad Inmueble. Es la fotocopia de la “ficha” del Inmueble de la que surge su ubicación y dimensiones, quién es el dueño hoy y si tiene algún gravamen (hipoteca, embargo). Es importante cotejar que las medidas y superficies del inmueble se correspondan con las que uno cree comprar.
  • ¿Qué es un informe de Inhibición?
    También es un documento emanado del Registro de la Propiedad Inmueble del cual surge si la persona vendedora está o no “inhibida” para vender, es decir imposibilitada.
  • ¿Quién se ocupa de estos trámites?
    El escribano elegido para realizar la escritura de compraventa es quien se ocupa de solicitar estos certificados.